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Visa de trabajo: Cuenta Propia vs Cuenta Ajena

Existe una variedad de permisos de residencia y trabajo en España.

A continuación, te explicamos el visado de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

Permiso por cuenta ajena:

Con este permiso podrás trabajar en cualquier empresa del país. Es imprescindible, que al solicitarlo te encuentres fuera de España. Será el empleador o la empresa quien solicitará el permiso de residencia.

Algunos requisitos:

  • Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar.

  • El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Poseer la capacitación y la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

Permiso por cuenta propia:

Este permiso se otorga a quienes quieren desarrollar una actividad empresarial o por cuenta propia en España. Al igual que el permiso por cuenta ajena, esta solicitud se debe de realizar en su país de origen.

Algunos requisitos:

  • Cumplir con los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.

  • Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.

  • Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.

Si necesitas ayuda para poder tramitar visas o permisos de residencia, no dudes en ponerte en contacto con nosotros asesores@troislaw.com o entra en www.troislaw.com


Andreina Pizzolante

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