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Los diferentes tipos de Arraigos en España

Actualizado: 18 feb 2022

El arraigo es una autorización de residencia española, que permite a ciudadanos no europeos poder residir en el país.


Esta autorización permite al extranjero un permiso inicial de residencia por un año con la posibilidad de renovar. Es una oportunidad interesante para que las personas indocumentadas puedan lograr la residencia. Es posible trabajar al tener cualquiera de los tres arraigos, ya que incluye un permiso de trabajo.


Existen diferentes tipos de arraigo, dependiendo de las circunstancias de cada solicitante: Arraigo Social, Laboral, Familiar.


El Arraigo Social:

Por este medio, los extranjeros podrán obtener la residencia en España, al llevar 3 años continuados en España.


Requisitos:

  • No pueden tener antecedentes penales en España ni en su país de origen,

  • Tres años continuados en situación irregular en España,

  • Informe de inserción social en España,

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea,

  • No tener prohibida la entrada en España.

El Arraigo Laboral:

El extranjero tiene que tener una relación laboral en España durante, mínimo, 6 meses.

La diferencia entre el arraigo social y laboral, es que para el segundo es necesario demostrar que ya se ha trabajado en España, aunque haya sido de forma irregular.


Requisitos:

  • No pueden tener antecedentes penales en España ni en su país de origen,

  • No encontrarse en un plazo de no retorno,

  • No figurar como persona rechazable de España, ni de la Unión Europea.

  • Residir constancia de 6 meses de trabajo,

  • Tener al menos 2 años continuados viviendo en España.

El Arraigo Familiar:

Este método de residencia es excepcional para los familiares de un ciudadano extranjero que reside en España. Podrán tenerlo únicamente los padres de un menor de nacionalidad española o hijos de padres españoles.


Requisitos:

  • No ser ciudadano ni familiar de la UE, de Suiza o de países pertenecientes al Espacio Económico Europeo,

  • Carecer de antecedentes penales en España y su país de origen,

  • No se puede tener prohibida la entrada en España,

  • No encontrarse en un periodo de no retorno a España.

Si estas interesado o quieres más información contáctanos a asesores@troislaw.com


Valentina Sierraalta asesores@troislaw.com Trois & Law



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